Aviso de no discriminación de TVAH Título IX y IV

Una mujer y un niño se sientan juntos en un sofá, ocupados con un ordenador portátil en un acogedor salón.

El Distrito Escolar Independiente de Hallsville y la Educación Profesional y Técnica no discriminan por motivos de raza, religión, color, origen nacional, sexo o discapacidad al impartir educación o proporcionar acceso a los beneficios de los servicios, actividades y programas educativos, incluidos los programas vocacionales, de conformidad con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada; el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972; la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, según enmendada; y el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades. Andrea Walker, Coordinadora de Recursos Estudiantiles en 1825 Lakeway Dr Ste 400, Lewisville, TX 75057 / 972.420.1404, ha sido designada para coordinar el cumplimiento de estos requisitos legales.

En cumplimiento con los requisitos del Título IX, 34 C.F.R. § 106.45 (b)(10), Hallsville ISD ha proporcionado la capacitación requerida a todo el personal del Título IX incluyendo a la Coordinadora del Título IX del Distrito Andrea Walker, Coordinadora de Recursos Estudiantiles en 1825 Lakeway Dr Ste 400, Lewisville, TX 75057 / 972.420.1404 el 11 de agosto de 2020.

Esta formación puede consultarse accediendo al siguiente enlace:

En cumplimiento con los requisitos del Título IX, 34 C.F.R. § 106.45 (b)(10), Hallsville ISD ha proporcionado la capacitación requerida a todo el personal del Título IX incluyendo a la Coordinadora del Título IX del Distrito Andrea Walker, Coordinadora de Recursos Estudiantiles en 1825 Lakeway Dr Ste 400, Lewisville, TX 75057 / 972.420.1404 el 10 de octubre de 2020.

Esta formación puede consultarse accediendo al siguiente enlace:

Los informes pueden realizarse en cualquier momento y por cualquier persona, incluso en horas no laborables, por correo, teléfono o correo electrónico. Durante el horario laboral del distrito, las denuncias también podrán realizarse en persona. Cuando el distrito reciba una notificación o una denuncia de acoso por razón de sexo, el Coordinador del Título IX responderá con prontitud de acuerdo con el proceso descrito en FFH(LOCAL).

Para cuestiones generales relacionadas con la discriminación, póngase en contacto con el Coordinador de Recursos Estudiantiles: 

Si tiene dudas sobre la discriminación por motivos de discapacidad, diríjase al Coordinador de la Sección 504:


Cualquier estudiante que crea que ha experimentado una conducta prohibida o que crea que otro estudiante ha experimentado una conducta prohibida debe informar inmediatamente de los presuntos actos a un profesor, consejero escolar, director, otro empleado del Distrito o al funcionario apropiado del Distrito indicado en esta política.

Si procede, e independientemente de que esté pendiente una investigación penal o reglamentaria relativa a la presunta conducta, el Distrito adoptará sin demora medidas provisionales calculadas para abordar la conducta prohibida o el acoso antes de que finalice la investigación del Distrito.

El Proceso de Quejas puede encontrarse en el Manual del Estudiante de TVAH.